
La isla de Santo Domingo, también conocida como La Española, está dividida en dos naciones: la República Dominicana y Haití. Cada nación posee sus propias fronteras marítimas, costeras y territoriales, las cuales se definen por acuerdos internacionales y legislaciones nacionales.
Fronteras Marítimas:
Mar territorial: Ambas naciones tienen un mar territorial de 12 millas náuticas a partir de la línea de base de sus costas. Esta zona marítima está bajo la soberanía completa de cada país, incluyendo el espacio aéreo, el lecho y subsuelo marinos.
Zona contigua: La República Dominicana y Haití también poseen una zona contigua de 24 millas náuticas a partir del límite de su mar territorial. En esta zona, cada país tiene derecho a ejercer ciertos controles, como la vigilancia aduanera, la protección del medio ambiente y la investigación científica.
Zona económica exclusiva (ZEE): La República Dominicana tiene una ZEE de 200 millas náuticas a partir de la línea de base de sus costas, mientras que Haití tiene una ZEE de 200 millas náuticas en la mayoría de su territorio, con algunas excepciones en la zona norte donde se reduce a 140 millas náuticas. En la ZEE, cada nación tiene derechos exclusivos para la exploración y explotación de los recursos naturales, como el petróleo, el gas natural y los peces.
Plataforma continental: La extensión de la plataforma continental de ambas naciones aún está en proceso de delimitación. La plataforma continental es el área submarina que se extiende desde la costa hasta donde la profundidad del agua alcanza 200 metros o la profundidad donde la masa de sedimentos sobrepasa 1 metro de espesor.
Fronteras Costeras:
- Línea de base: La línea de base es el punto de partida a partir del cual se miden las anchuras de las zonas marítimas. En la República Dominicana, la línea de base está definida por la Ley No. 3342 de 1952 y el Decreto No. 147-14. En Haití, la línea de base está definida por el Decreto No. 242-13.
- Bahías: Las bahías históricas, como la Bahía de Samaná en la República Dominicana, son consideradas aguas interiores y forman parte del mar territorial del país.
- Islas: Las islas adyacentes a la costa de cada país también forman parte de su territorio y sus zonas marítimas.
Fronteras Territoriales:
- Frontera entre República Dominicana y Haití: La frontera terrestre entre ambas naciones tiene una longitud de 391 kilómetros. Se estableció en 1929 mediante el Tratado de Límites Fronterizos y ha sido modificada en algunas ocasiones posteriores. La frontera está delimitada por mojones, ríos y montañas.
- Puntos fronterizos: Existen pasos fronterizos oficiales como Jimaní-Malpasse, Dajabón-Dondon y Elías Piña-Belladère para el control del tránsito de personas y mercancías.
Acuerdos Internacionales:
- Tratado de Límites Fronterizos (1929): Estableció la frontera terrestre entre la República Dominicana y Haití.
- Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982): Define los conceptos de mar territorial, zona contigua y ZEE, que son aplicables a la República Dominicana y Haití.
- Acuerdo de Delimitación Marítima entre la República Dominicana y el Reino de los Países Bajos (2020): Delimita la frontera marítima entre ambas naciones en el mar Caribe.
Legislación Nacional:
- Ley No. 3342 de 1952 (República Dominicana): Establece el mar territorial y la zona contigua del país.
- Ley No. 573 de 1977 (República Dominicana): Amplía la zona contigua a 24 millas náuticas y crea la ZEE.
- Decreto No. 147-14 (República Dominicana): Establece la línea de base del mar territorial.
- Decreto No. 242-13 (Haití): Establece la línea de base del mar territorial.

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